- El alto tribunal dejó sin efectos de manera provisional la elección de Leidy Viviana Mojica Peña como Contralora Departamental del Atlántico para el periodo 2026-2029. Su equipo jurídico asegura que conoció la más reciente decisión a través de redes sociales y medios de comunicación, sin haber recibido notificación formal.
El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de Leidy Viviana Mojica Peña como Contralora Departamental del Atlántico para el periodo 2026-2029, en el marco de una demanda presentada por el abogado y veedor ciudadano Fernando Rodríguez Bernier.
La decisión tiene origen en cuestionamientos al proceso de elección de la funcionaria. Según el demandante, la convocatoria para escoger al contralor departamental debía realizarse con una antelación mínima de tres meses respecto a la sesión de elección, requisito que, presuntamente, no se cumplió.
Mediante auto del 4 de junio de 2026, la Sala del Consejo de Estado revocó una providencia emitida el 9 de abril de 2026 por el Tribunal Administrativo del Atlántico y ordenó la suspensión provisional de los efectos jurídicos del acto de elección de Mojica Peña.
En su análisis, el alto tribunal concluyó que entre la expedición de la convocatoria y la elección de la funcionaria transcurrió un plazo inferior al establecido en el artículo 3 de la Resolución 0728 de 2019, norma que regula este tipo de procesos.
Tras conocerse la decisión, la defensa de la contralora presentó una solicitud de aclaración y adición del auto, recurso que fue resuelto por el Consejo de Estado mediante providencia del 18 de junio de 2026.
Sin embargo, el equipo jurídico de Mojica Peña manifestó su inconformidad al asegurar que ni la funcionaria ni sus abogados habrían sido notificados formalmente de esta última actuación judicial.
De acuerdo con la versión entregada por la defensa, la existencia de la providencia fue conocida a través de redes sociales y medios de comunicación, situación que consideran una posible afectación al debido proceso y al derecho de defensa.
Mientras avanza el trámite judicial, la suspensión provisional mantiene sin efectos la elección de la contralora, en espera de que el Consejo de Estado adopte una decisión de fondo sobre la legalidad del proceso mediante el cual fue designada para ejercer el cargo.













