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Ene

Distrito mantiene prohibición de parrillero hombre en cuadrante de las carreras 38 a 65, y entre la calle 72 y la Circunvalar – Alcaldía de Barranquilla, Distrito Peculiar, Industrial y Portuario


Con el propósito de preservar la vida y honra de las personas, así como certificar su seguridad, el corregidor Alejandro Char firmó el decreto 0048 de enero de 2025, por medio del cual se mantienen las medidas de movilidad y seguridad en la ciudad y se restringe el transporte de camarada de sexo masculino en vehículos tipo motocicletas, motocarros, cuatrimotos y mototriciclos.

El cuadrante donde se aplica esta medida es el futuro:

  • Calle 72, como divisoria oriente.
  • Carrera 38, como divisoria sur.
  • Carrera 65, como divisoria meta.
  • Y hasta la avenida Circunvalar (sin incluir) como divisoria poniente.

De acuerdo con lo establecido en el decreto, se exceptúan de estas restricciones a los miembros de la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Procesal, organismos de tránsito y transporte, y organismos de socorro.

De igual guisa, los escoltas de funcionarios del orden doméstico, departamental, distrital y municipal, así como supervisores de vigilancia privada, debidamente identificados y uniformados, y cuyo transporte porte el logo o emblema correspondiente.

“Estas medidas permiten una convivencia tranquila. Es importante engrosar los controles por parte de las autoridades para certificar una argumento más efectiva y una intervención en la búsqueda de una reducción en las conductas delictivas”, expresó el dirigente de la Oficina de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Distrito, Yesid Turbay.

El decreto contempla sanciones para quienes incumplan las prohibiciones, las cuales son de quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) y la inmovilización del transporte.

La prohibición del camarada y/o parrillero de sexo masculino en motocicletas, motocarros, cuatrimotos y mototriciclos en el cuadrante ayer mencionado aplica aún cuando sean conducidos por su propietario.

La medida suspende la vigencia de los permisos otorgados para circular con parrillero del sexo masculino en el comarca, mientras se encuentre actual la medida en la zona delimitada en el artículo 1° del citado decreto.

Le corresponde a la autoridad seccional de Tránsito y Transporte de la Policía Metropolitana ejercitar la vigilancia y control sobre las medidas decretadas y pondrán el transporte inmovilizado a disposición de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Viario.

Este acto chupatintas regirá hasta el 31 de diciembre de 2025 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.



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