
En la tarde de este jueves 9 de octubre, Gustavo Petro recibió la mala noticia de que tendrá que regular sus habituales alocuciones presidenciales, presentadas por los canales públicos y privados de Colombia en horarios prime y que ya habían creado molestias entre ciudadanos que habían presentado sus denuncias al respecto.
(SÍGANOS: Active ACÁ las noticias de Google y reciba lo mejor de Red+)
En ese sentido, el Consejo de Estado emitió un fallo en el que dejó en claro que esos pronunciamientos gubernamentales quedarán ligados únicamente a comunicar circunstancias urgentes. Adicional a ello, también afirmó que no pueden ser recurrentes, transmitirse varias veces por la semana y con una limitación en temas y duración.
Todo inició con la acción de tutela interpuesta por los ciudadanos Nelson Augusto Martínez Bolaño, Miguel Uribe Turbay, Mauricio Aragón Sinisterra, Mauricio Trujillo Riascos, Samuel Alejandro Ortiz Mancipe y Sandra Patricia Mancipe Mesa interpusieron, en la que solicitaron la protección de su derecho fundamental a la información.
Según esa acción, vieron vulnerado ese derecho por el presidente Petro y la Presidencia de la República al hacer un «uso inadecuado y desproporcionado de la figura de la alocución presidencial«, dijo el Consejo. Los demandantes se escudaron en que “las transmisiones recurrentes de las alocuciones presidenciales y de las sesiones de los consejos de ministros, a través de canales públicos y privados de televisión, les impedían escoger libremente los temas de su interés y decidir si deseaban o no recibir la información transmitida”.
La decisión se centró en determinar si el uso de la alocución presidencial vulneró el derecho fundamental a la información, hallando que el Presidente y la Presidencia de la República sí hicieron un uso inadecuado de la prerrogativa de la alocución televisada. La decisión fue adoptada, luego de que encontrara una falta de “justificación de los temas tratados, así como en la frecuencia, reiteración y duración de las intervenciones”, señala el fallo.
La Sala evidenció que la “Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), pese a tener las facultades legales para evitarlo, permitió el uso indebido de la figura de la alocución presidencial”. El Consejo de Estado ordenó a la CRC “adoptar medidas inmediatas para regular el uso que el Presidente y la Presidencia hacen de la alocución presidencial, y expedir, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, un marco regulatorio que garantice el pluralismo e imparcialidad informativa”.
Por otra parte, el Consejo recordó que “ningún servidor público, elegido o no por voto popular -incluido el Presidente de la República-, posee poderes ilimitados que le permitan ejercer de manera arbitraria, desmedida o irrazonable las funciones que la Constitución y la ley le atribuyen”.
Finalmente, reiteró que los criterios de excepcionalidad y urgencia, contenidos en la Sentencia C-1172 de 2001 de la Corte Constitucional, son los que deben regir de ahora en adelante las alocuciones presidenciales como garantía del principio democrático y del pluralismo informativo y por ello ordenó al presidente Gustavo Petro, como se lee textualmente en el fallo:
- Justificación suficiente: la alocución debe tener una razón clara y responder a circunstancias urgentes.
- No recurrencia: no puede repetirse con frecuencia, por ejemplo, semanalmente y en la misma franja horaria, ya que perdería su carácter excepcional.
- Limitación temática y temporal: la solicitud ante la CRC debe detallar los temas a tratar y especificar la hora de inicio y fin de la alocución. En ningún caso puede la intervención televisada extenderse por un tiempo irrazonable o notoriamente excesivo. Finalmente, el Consejo de Estado aclaró que la decisión no pretende censurar al Presidente de la República, puesto que la CRC no podrá cuestionar el contenido de sus mensajes, pero sí deberá fijar criterios claros -en cumplimiento de la Sentencia C-1172 de 2001- para el ejercicio de una facultad que, como ya se advirtió, no es ilimitada y debe respetar los valores democráticos y los derechos fundamentales.
En las últimas semanas, los pronunciamientos del jefe de Estado también habían causado polémica debido a las críticas por la utilización de las cuentas en redes sociales de entidades como el Servicio Geológico Colombiano y la Dian, para amplificar la gestión de su Gobierno y hacer críticas contra diversas entidades y mandatarios del pasado que, en su opinión, cometieron serias irregularidades.
Gracias por leer Red+ Noticias. Lo invitamos a SEGUIRNOS EN GOOGLE y activar las notificaciones para no perderse sus informes y noticias favoritas.













